En el Derecho penal español, unos gramos de más pueden marcar la diferencia entre una condena leve y una pena severa. Esta diferencia la marca la llamada «cantidad de notoria importancia», un concepto clave en los delitos contra la salud pública vinculados al tráfico de drogas. Su presencia en un procedimiento penal no solo agrava las penas previstas, sino que impide beneficios legales y conlleva consecuencias de gran calado.
¿Qué es la «cantidad de notoria importancia»?
Se trata de un criterio legal que permite agravar la responsabilidad penal cuando la cantidad de droga intervenida supera ciertos umbrales. La razón de este agravamiento es que, cuanto mayor es la cantidad de droga, mayor es el riesgo para la salud colectiva, bien jurídico protegido en estos delitos.
Este concepto no se define numéricamente en el Código Penal, sino que ha sido delimitado por la jurisprudencia, especialmente por el Tribunal Supremo, en base a criterios científicos y técnicos, como el número de dosis o el tipo de sustancia.
Regulación en el Código Penal
La «cantidad de notoria importancia» aparece regulada de forma expresa en tres preceptos:
- Artículo 369.5 CP: La considera una agravante en el delito de tráfico de drogas (art. 368 CP).
- Artículo 370.3 CP: La incluye entre los supuestos de extrema gravedad, imponiendo penas aún más severas cuando se excede notablemente la cantidad considerada de notoria importancia.
- Artículo 376 CP: Establece que el beneficio de atenuar la pena por drogodependencia no será aplicable cuando se trate de una cantidad de notoria importancia, actuando como un límite a esta atenuación.
¿Qué cantidades se consideran «de notoria importancia»?
Es el Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 2001 el que establece los umbrales orientativos, sobre la base del Informe del Instituto Nacional de Toxicología de 18 de octubre de 2001. Algunos ejemplos de cantidades mínimas a partir de las cuales se aplica esta agravante son:
- Heroína: desde 300 gramos.
- Cocaína: desde 750 gramos.
- Metadona: desde 120 gramos.
- Marihuana: desde 10 kilogramos.
- Anfetaminas: desde 90 gramos.
Se tiene en cuenta también la pureza de la sustancia, y se admite un margen de error del 5% a favor del acusado.
Consecuencias penales según la agravante aplicada
Agravante del artículo 369.5 CP
- Drogas que causan grave daño a la salud: pena de 6 a 9 años de prisión.
- Resto de sustancias (como la marihuana): pena de 3 a 4 años y 6 meses de prisión.
- Multa: del tanto al cuádruplo del valor de la droga intervenida.
Agravante del artículo 370.3 CP (extrema gravedad)
- Drogas que causan grave daño a la salud: pena de 6 a 13 años y 6 meses de prisión.
- Resto de sustancias: pena de 3 a 6 años y 9 meses de prisión.
- Multa: del tanto al tríplo del valor de la droga.
Diferencia entre «drogas duras» y «drogas blandas»
La jurisprudencia también distingue entre drogas con mayor potencial de daño (como la heroína o la cocaína) y aquellas de menor peligrosidad (como el cannabis). Esta distinción influye directamente en la pena, al modular la gravedad del delito.
Conclusión
La «cantidad de notoria importancia» no es un mero tecnicismo jurídico. Es un factor decisivo que puede agravar una condena, impedir beneficios penales y convertir una conducta punible en un delito de extrema gravedad. Conocer estos umbrales y su impacto legal es clave tanto para la defensa como para la prevención del delito.
🔹 Tu tranquilidad legal empieza aquí 🔹 En Servilegal Abogados, transformamos problemas en soluciones. Si tu caso es complejo, nosotros tenemos la estrategia para resolverlo. 📜⚖️
💡 No esperes más para defender lo que es tuyo. Escríbenos hoy y recibe el respaldo de un equipo experto que lucha por tus derechos.
✅ Más de 10 años de experiencia.
✅ Compromiso, cercanía y resultados.
✅ Tu mejor aliado legal.
📞 Contáctanos ahora y da el primer paso hacia la solución.
💬 Si esta información te ha sido útil, nos ayudarías mucho dejando tu valoración en Google. ⭐⭐⭐⭐⭐ http://search.google.com/local/writereview?placeid=ChIJ3bjIgtYvQg0Rrl9zllLAENc