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¿cuales son los requisitos para una reagrupacion familiar para tener permiso de trabajo?

La reagrupación familiar es el derecho que tienen los extranjeros residentes legales en España de traer a sus familiares a vivir con ellos. Los familiares que pueden ser reagrupados son:

  • Cónyuge o persona con la que el reagrupante mantenga una relación de afectividad análoga a la conyugal.
  • Hijos menores de 18 años o mayores de 18 años que estén incapacitados para valerse por sí mismos.
  • Ascendientes mayores de 65 años o mayores de 60 años que estén a cargo del reagrupante.

La reagrupación familiar permite al familiar reagrupado obtener una autorización de residencia temporal en España. Esta autorización de residencia temporal habilita al familiar reagrupado para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte del territorio nacional en cualquier ocupación y sector de actividad sin necesidad de ningún trámite administrativo.

En el caso de los hijos mayores de 18 años que estén en edad laboral, la reagrupación familiar permite al familiar reagrupado obtener una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Esta autorización de residencia y trabajo habilita al familiar reagrupado para trabajar por cuenta ajena en cualquier parte del territorio nacional en cualquier ocupación y sector de actividad.

Por lo tanto, la reagrupación familiar para tener permiso de trabajo se puede hacer en el momento en que el familiar reagrupado obtenga la autorización de residencia temporal. Esta autorización de residencia temporal se concederá por un periodo de un año, que podrá ser prorrogado por periodos de dos años.

En el caso de los hijos mayores de 18 años que estén en edad laboral, la reagrupación familiar para tener permiso de trabajo se puede hacer en el momento en que el familiar reagrupado obtenga la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Esta autorización de residencia y trabajo se concederá por un periodo de un año, que podrá ser prorrogado por periodos de dos años.

Para solicitar la reagrupación familiar, el reagrupante debe presentar una solicitud ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia en la que resida. La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Documentación acreditativa de la identidad y nacionalidad del reagrupante.
  • Documentación acreditativa de la relación familiar o de parentesco con el familiar reagrupado.
  • Documentación acreditativa de la capacidad económica del reagrupante para atender las necesidades del familiar reagrupado.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad de una vivienda adecuada para el familiar reagrupado.

La solicitud de reagrupación familiar se tramitará en un plazo de tres meses.

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