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¿Dónde aparcar las motos en Madrid?

¿Dónde pueden aparcar las motos en Madrid?

La ordenanza de Movilidad actual -que se encuentra en revisión- permite los siguientes puntos para el aparcamiento de estos vehículos:

  • Reservas para motos
  • Zona SER sin coste alguno, tanto en plazas azules como verdes
  • Sí está permitido estacionar, en la calzada junto a la acera en forma oblicua
  • Cuando no sea posible el estacionamiento en calzada o en los espacios reservados previstos anteriormente, los vehículos de dos ruedas podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 metros de ancho con las siguientes condiciones:

1. Paralelamente al bordillo, cuando las aceras o paseos tengan una anchura inferior a seis metros.
2. Entre los alcorques más próximos al bordillo, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje del vehículo no se realice en los árboles u otros elementos vegetales.
3. En semibatería o en ángulo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 metros.

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