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La existencia de una situación de indefensión para la persona jurídica impone la nulidad de la sentencia y del juicio oral en lo que a ella se refiere y tal nulidad afecta también a la persona física acusada, según la doctrina establecida por el Tribunal Supremo (TS), en sentencia de 8 de marzo de 2019.
Así, la Sala Segunda del Alto Tribunal ha ordenado repetir el juicio, con magistrados distintos, contra Ángel Martínez Lito -conocido popularmente como el rey de las orquestas- y la empresa de representación de orquestas, de la que era accionista mayoritario, al anular la sentencia condenatoria de la Audiencia de Pontevedra.
El ponente, el magistrado Colmenero Menéndez, determina que en el juicio recurrido se produjo la indefensión de la sociedad Representaciones Lito porque se citó a un representante de la misma como testigo en lugar de ser citado para representarla en la causa penal.
Además, también la anula porque fue representada procesalmente por la misma procuradora y defendida por el mismo letrado, que actuaban en defensa del consejero delegado -el propio Lito- con el que se habían apreciado ‘intereses contrapuestos’.
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