Saltar al contenido
Portada » NOTICIAS » RECLAMAR POR VUELO INDEMNIZACIONES

RECLAMAR POR VUELO INDEMNIZACIONES

¡RECLAMA A TU COMPAÑÍA AÉREA, NO LO DEJES PASAR!

  1. EN CASO DE CANCELACIÓN DE VUELO, te amparan los siguientes derechos:

 

  • Derecho a ser informado del motivo de la cancelación del vuelo; a asistencia (comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que sea necesario esperar; a alojamiento en ciertos casos, y a dos llamadas telefónicas, mensajes de fax, o correos electrónicos), a reembolso o bien al transporte alternativo.

 

  • Derecho a una INDEMNIZACIÓN si no le ha informado con 14 días de antelación de la cancelación del vuelo. ¿Cuánto es la compensación? Varía en función de los km de vuelo.
  • 250 euros para vuelos de hasta 1.500 km.
  • 400 euros para todos los vuelos intracomunitario de más de 1.500 km, y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km.
  • 600 para todos los vuelos no comprendidos en a) y b)

 

En caso de verse afectado por un OVERBOOKING, tendrá derecho a los mismos derechos (incluyendo las cuantías para compensación) que los señalados en caso de CANCELACIÓN.

 

  1. En RETRASOS DEL VUELO tus derechos son:

 Si el retraso es la salida: derecho a información, derecho a asistencia (comida, bebida, a alojamiento si fuera necesario…); derecho al reembolso cuando el retraso sea de 5 horas o más, y el pasajero decida no viajar, tendrá derecho al reembolso en 7 días del coste íntegro del billete al precio que se compró, correspondiente a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser.

 Si el retraso es en llegada: si es de 3 o más horasà puede tener derecho a una compensación idéntica al caso de cancelación.

 

3. CAMBIOS DE CLASE CONTRATADA,  la compañía está obligada a reembolsar un porcentaje (30% del precio del billete del pasajero para todos los vuelos de 1500 km o menos, o 50% del precio del billete para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 km) del precio del billete adquirido. En los vuelos entre el territorio europeo y los territorios franceses de ultramarà se les reembolsará el 75% del importe del billete.

 

4. EN CASO DE PÉRDIDA DE NUESTRO EQUIPAJE (indemnización maxima 900€)

EQUIPAJE RETRASADO MENOS DE 21 DÍAS: Pueden cubrir (dependiendo de la compañía): los objetos de primera necesidad, una cantidad máxima, o pagar los gastos una vez comprobadas las facturas de los mismos

EQUIPAJE PERDIDO: (+ de 21 días) la compañía puede solicitar al usuario, una lista con el contenido del equipaje así como facturas o justificantes de pago de determinados objetos que se incluyeran en el mismo.

EQUIPAJE DAÑADO: Si el desperfecto se ha producido en el contenido de la maleta: presentación de reclamación en el plazo de 7 días desde la entrega. Si el desperfecto se ha producido en la maleta, la compañía puede ofrecerle:

– pagar una cantidad equivalente a su nuevo valor
– ofrecer una maleta nueva
– remitirle a un establecimiento concertado para la adquisición similar.

 

Y si le han sustraído la maleta deberá interponer denuncia ante la Policía.

 

***NO HAY QUE OLVIDAR que en todas las circunstancias anteriores, es aconsejable que el usuario:

  1. Haga fotos de las pantallas de información, que indiquen la cancelación o retraso del vuelo, acreditelo fehacientemente.
  2. Guardar el billete comprado.
  3. Interponer reclamación ante la compañía detallando todo en la que figure la hora y quedarse una copia.
  4. Acudir a nosotros con estos datos.

Si usted se ha visto afectado por alguno de estos problemas, puede contactar con nosotros:

PRIMERA CITA GRATUITA
Tel. 699 28 28 77
info@gruposervilegal.com
https://www.facebook.com/gruposervilegal

Autor: Rocio Fernández Villaroel 

 

 

CANCELACIÓN DE VUELO. SEGURO DE VIAJE.

Procede la devolución de las cantidades abonadas en concepto de primas de los seguros de viaje vinculadas a los billetes de vuelo. La no devolución tras la cancelación unilateral de quien emite los billetes, comercializa y percibe las primas del seguro supone una cláusula abusiva y un enriquecimiento injusto, al apropiarse de una cuantía que no responde al servicio efectivamente prestado.

Juzgado 1ª Instancia e Instrucción nº 3 Huesca 04/06/2018

 

ABOGADO RECLAMAR COMPAÑIA AEREA

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *